USCIS actualiza guía de políticas sobre la adquisición de ciudadanía por parte de los niños
La agencia destacó que renovaron las pautas relacionadas con la adquisición de la ciudadanía por parte de los niños en respuesta a los comentarios del público
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) informó que ha actualizado las guías en el Manual de Políticas de este organismo en torno a las disposiciones relativas a la adquisición de la ciudadanía por parte de niños menores de edad.
En un comunicado remarcó: Se está actualizando la guía en el Manual de Políticas del USCIS con respecto a las disposiciones para la adquisición de ciudadanía por parte de los niños.
Explicó que renovaron las pautas relacionadas con la adquisición de la ciudadanía por parte de los niños en respuesta a los comentarios del público. “También estamos actualizando las pautas en función de la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en Sessions v. Morales-Santana , 582 US 47 (2017), y aclarando otras disposiciones relacionadas con la adquisición de la ciudadanía”, agregó.
Datos claves
La guía afirma que los interesados ya presentaron una solicitud de Certificado de Ciudadanía y fueron rechazados, pero se vuelven elegibles después de un cambio en la política del USCIS, pueden presentar una moción para reabrir la denegación anterior de su solicitud por parte del USCIS.
Aclara que un padre ciudadano estadounidense puede cumplir con el requisito de presencia física en los Estados Unidos (o posesión extranjera) antes del nacimiento del niño mientras tenga cualquier estatus migratorio o sin estatus.
Aclara que en los casos en que un niño nace fuera del matrimonio de dos padres ciudadanos estadounidenses y no puede adquirir la ciudadanía estadounidense del padre, la madre cumple el requisito demostrando 1 año de presencia física continua en los Estados Unidos o una de sus posesiones periféricas antes del nacimiento del niño.
Afirma que, para efectos de adquirir la ciudadanía al nacer, USCIS requiere que un padre sea reconocido como padre legal del niño por la jurisdicción pertinente en el momento del nacimiento del niño.
Aclara que un niño adquiere la ciudadanía bajo estatutos que exigen que se cumplan todas las condiciones mientras el niño sea menor de 18 años si la última condición se cumplió el día en que el niño cumplió 18 años. De manera similar, un niño es elegible para obtener la ciudadanía bajo la INA 322 si el USCIS aprueba la solicitud y el niño toma el juramento (si es necesario) el día en que el niño cumple 18 años.
Confirma que el USCIS acepta un pasaporte estadounidense válido y vigente o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) como evidencia de ciudadanía estadounidense. Sin embargo, el USCIS también determina si el solicitante adquirió correctamente la ciudadanía estadounidense y, de ser necesario, puede solicitar que el Departamento de Estado revoque el pasaporte estadounidense o cancele el CRBA antes de que el USCIS resuelva una solicitud de Certificado de Ciudadanía.
Lo que se determina
Aclara los procesos cuando el USCIS, además de la solicitud de ciudadanía estadounidense de un solicitante, adjudica solicitudes de ciudadanía estadounidense de los padres o abuelos de un solicitante (a veces llamadas “solicitudes anidadas de ciudadanía estadounidense”). Al adjudicar solicitudes de Certificado de ciudadanía, si la ciudadanía estadounidense de los padres de un solicitante es desconocida o no está clara, el funcionario debe determinar el estado de ciudadanía estadounidense de los padres del solicitante (y, si es necesario, de los abuelos) antes de adjudicar la solicitud de ciudadanía del solicitante.
Aclara que, para los fines de una solicitud de naturalización presentada bajo la disposición para los hijos de un ciudadano estadounidense que los sometió a agresión o crueldad extrema, la relación de un hijastro con el padrastro o madrastra ciudadano estadounidense no necesita seguir existiendo al momento de la solicitud de naturalización.
La actualización también incluye varios cambios en los cuadros de nacionalidad en el Manual de Políticas.
“Esta guía, contenida en el Volumen 12 del Manual de Políticas, entra en vigencia de inmediato y se aplica a las solicitudes pendientes o presentadas en la fecha de publicación o después de ella”, concluyó el comunicado del USCIS.
Fuente: USCIS