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Corte Constitucional de Ecuador aprueba la despenalización de la eutanasia

Ecuador se convierte en el noveno país en el mundo y el segundo en Latinoamérica en despenalizar la eutanasia

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La Corte Constitucional de Ecuador (CC) decidió aprobar la despenalización de la eutanasia, luego de dar luz verde a la demanda hecha por Paola Roldán, quien sufre de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y pide que el Estado le garantice una muerte digna.

La decisión del pleno contempló 7 votos a favor, uno de ellos concurrente, y dos votos salvados.
Con ello, Ecuador se convierte en el noveno país en el mundo y el segundo en Latinoamérica en despenalizar la eutanasia.

La demanda de Paola Roldán fue contra el artículo 144 del Código Integral Penal (COIP) que tipifica el homicidio, para que se lo declare inconstitucional. Se pedía que se haga una excepción a la muerte asistida en casos extraordinarios como enfermedades terminales, para que un médico no sea procesado por homicidio.

Ante esto, la Corte Constitucional resolvió la “constitucionalidad condicionada” de este artículo y da paso a la eutanasia activa. Es decir, que un médico pueda aplicarla.

La Corte Constitucional recordó que el derecho a la vida, entendido como subsistencia, es inviolable generalmente frente a una lesión o amenaza arbitraria e ilegítima por parte de terceros y que el artículo 144 del COIP pretende proteger el bien jurídico de este tipo de conductas.

“No obstante, en el supuesto examinado en esta sentencia, si bien se ve comprometida la inviolabilidad de la vida, la conducta del médico no es arbitraria e ilegítima, sino que responde a la solicitud del titular del bien jurídico o de su representante legal en un contexto de sufrimiento intenso”, dice un comunicado de la entidad.

Corte Constitucional de Ecuador aprueba la despenalización de la eutanasia
Créditos: Creative Commons / https://osservatorioaborto.it/legge-regionale-sulleutanasia-perche-no/

Agregó que todos tienen derecho a la dignidad, pero esta podría verse menoscabada cuando el titular no se encuentra en la capacidad de ejercer sus derechos de forma plena, como sucede con Paola Roldán, quien atraviesa un dolor intenso que le impide llevar a cabo su proyecto de vida.

“En este caso, sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación la obligación de mantenerse con vida”, reiteró la CC.

Fuente: Corte Constitucional de Ecuador

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