Corte Constitucional facilita camino hacia elecciones anticipadas en Ecuador
"Como consecuencia de la decisión de rechazar las demandas de inconstitucionalidad, también se negaron los pedidos de que la Corte adopte medidas cautelares con el fin de suspender provisionalmente los efectos del Decreto impugnado", dijo la Corte
La Corte Constitucional de Ecuador rechazó el jueves una serie de casos presentados por políticos de la oposición para bloquear la decisión del presidente Guillermo Lasso de disolver la Asamblea Nacional, encaminando al país hacia unas elecciones legislativas y presidenciales anticipadas.
El rechazo de la Corte Constitucional de Ecuador a los casos presentados por miembros de partidos de la oposición junto con organizaciones sociales para que fuera declarada anticonstitucional, la decisión del mandatario Guillermo Lasso de disolver la Asamblea Nacional por decreto, allana el camino a unas elecciones anticipadas.
«Como consecuencia de la decisión de rechazar las demandas de inconstitucionalidad, también se rechazaron los pedidos de que la Corte adopte medidas cautelares con el fin de suspender provisionalmente los efectos del Decreto impugnado», dijo la Corte el jueves en un comunicado.
????IMPORTANTE | La Corte Constitucional del Ecuador inadmite las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el Decreto Ejecutivo Nro.741. #BoletínCC
Entérate ingresando a los autos de inadmisión AQUÍ⤵️ pic.twitter.com/joYKi4BM0x
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) May 19, 2023
Lasso invocó el miércoles la llamada «muerte cruzada», una medida prevista en la Constitución, que permite al presidente convocar a elecciones anticipadas tanto para su cargo como para la asamblea bajo ciertas circunstancias, entre ellas si las acciones de la Legislatura están bloqueando el funcionamiento del gobierno.
El mandatario argumentó que al tomar la medida se basó en lo que llamó una grave crisis política y una conmoción interna de Ecuador.
“Recordemos que la corte es la guardiana de la Constitución y la Constitución claramente establece que estas causales se verifican a juicio del presidente de la República”, dijo el abogado constitucionalista, Emilio Suárez.